Televisión cooperativa y comunitaria en Argentina:

la invención subalterna[1]

 

 

 

     Daniela Monje

       Universidad Nacional de Córdoba y Universidad Nacional de Villa María.

 


 

 

Introducción

Durante la década del ´70, cuando el acceso a más de un canal de televisión por aire era un lujo que sólo disfrutaban algunos ciudadanos argentinos residentes en grandes centros urbanos, los cooperativistas del llamado “interior del interior” produjeron una innovación: con astucia singular lograron replicar mediante sistemas de cableado artesanal o utilizando el sistema UHF señales de TV generadas a cientos de kilómetros.

Uno de los referentes jurídicos más importantes para el sector en el país lo expresa con elocuencia:

“El movimiento cooperativo y mutual, en su búsqueda de dignidad para las personas y sobre la base del esfuerzo propio () se constituyó en un polo valioso de empuje para encarar y superar con obras, las profundas asimetrías en desarrollo de infraestructura que padecían distintos lugares () Así nacieron las llamadas antenas comunitarias en gran parte del territorio nacional. Estas, ya sea por aire mediante señales emitidas por la banda de UHF y su señal bajada a cada usuario o a través del sistema de cable coaxial lograron potenciar el servicio de televisión. El avance fue tal que, en determinado momento la oferta de canales de televisión que brindó el cooperativismo en algunas poblaciones pequeñas era muy superior al que se brindaba en grandes ciudades” (Rodríguez Villafañe, 2018: 177)

El impulso pionero aconteció -al igual que la radio- con anterioridad a una ley que pudiera regular de modo adecuado su funcionamiento y que garantizara su consolidación en vistas del acceso a contenidos audiovisuales que podía promover en las ciudades y pueblos del interior del país. Al vacío legal sucedió la prohibición gestada en el marco de la ley 22285 sancionada en 1980 en plena dictadura, que dejó fuera de juego a cualquier licenciatario que no tuviese fin de lucro.  Pero los actores subalternos saben de escamoteos y han aprendido a moverse en territorios hostiles para sobrevivir: así fue que durante la década del ´80 muchas cooperativas optaron por la simulación: en tanto el artículo 45 de la citada ley impedía la titularidad de servicios a los actores no lucrativos, el cooperativismo, el mutualismo y demás organizaciones de la sociedad civil comenzaron a formar sociedades comerciales  bajo la figura de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) o Sociedades Anónimas (SA) o a usar personas físicas como dueños ficticios. “Aun así, el trasvestismo jurídico al que se tuvieron que someter era un verdadero insulto () obligaba a correr el riesgo de desnaturalizar la esencia que las justificaba (Rodríguez Villafañe, 2018: 191).

Esta situación, que se extendió por cerca de 30 años, -primero con una habilitación parcial en 2005 operada mediante reforma al artículo 45 y en 2009 con el pleno reconocimiento de la ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual- demanda a la luz del presente, un análisis sobre cómo tuvo lugar desde el retorno de la democracia y hasta el presente, la existencia de estas televisoras formalmente “prohibidas”.

 

Con aires de las sierras: un proyecto de investigación gestado desde el interior

En el año 2017, nuestro equipo de investigación en la Universidad Nacional de Córdoba[2], fue seleccionado en una convocatoria del Programa Cooperativismo y Economía Social en la Universidad, impulsado por la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) del entonces Ministerio de Deportes y Educación de la Nación. El proyecto se denominó “Fortalecimiento del sector audiovisual cooperativo frente a la convergencia” y buscó inicialmente generar un diagnóstico del sector cooperativo audiovisual argentino en una clave poco usual para el sector: la economía política de la comunicación.

Los resultados de esta investigación, que coordinamos junto a Ezequiel Rivero, fueron publicados en 2018 en el libro “Televisión Cooperativa y Comunitaria. Diagnóstico, análisis y estrategias para el sector no lucrativo en el contexto convergente”.

Este trabajo fue planteado como un aporte al fortalecimiento de actores del sector audiovisual no lucrativo de Argentina y se propuso realizar un diagnóstico de situación, identificar recursos, dificultades y estrategias de desarrollo, construir un mapa y formular propuestas para el sector audiovisual no lucrativo a la manera de un Libro Blanco[3].

La tarea de diagnóstico consistió en la realización de 30 entrevistas semiestructuradas en profundidad a directores, coordinadores o responsables de las emisoras. Integraron el corpus de análisis 24 canales cooperativos y seis canales comunitarios. Sobre el final del trabajo -que es de acceso libre- se encuentran las fichas técnicas con los datos completos de las emisoras y productoras relevadas para el estudio. La muestra de casos se elaboró considerando numerosas variables, entre ellas el tamaño del mercado local de referencia y el volumen de producción propia de contenidos. Asimismo, se consideró un criterio de distribución geográfica ya que la mayor parte de las televisoras cooperativas entrevistadas están ubicadas en las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe, donde, por razones históricas el cooperativismo tiene mayor desarrollo. En el caso de los canales comunitarios, se incluyeron seis nucleados en la Coordinadora Nacional de Televisoras Alternativas (CONTA). La herramienta de recolección utilizada comprendió las siguientes dimensiones: origen y caracterización general de las señales; origen de los contenidos; características generales de los anunciantes; estructura de costos y empleo; financiamiento y nivel de facturación; iniciativas frente a la convergencia. A su vez, el trabajo se valió de otras fuentes tales como investigaciones previas, regulaciones de distinta jerarquía con impacto en el sector audiovisual cooperativo y comunitario, y fuentes secundarias como entrevistas y materiales publicados en la prensa.

Entre nuestros supuestos de partida decidimos abordar a las televisoras que integran el sector no lucrativo desde los modos de producción y circulación que tienen lugar en el marco de la llamada Economía Social y Solidaria (ESS) los cuales no son exclusivamente económicos en su naturaleza y movilizan recursos culturales y sociales en tal forma que impiden la reducción del valor social a un precio de mercado. Abordamos por tanto un heterogéneo grupo de actores, cooperativos, comunitarios, alternativos, muchas veces ligados a movimientos sociales y organizaciones de la sociedad civil. Si indagamos al interior del denominado “tercer sector”, encontramos que aquellos actores que han logrado mayores posibilidades de competir y disputar espacios al mercado se agrupan en torno al sector cooperativo, el cual reúne estaciones de radio, cooperativas de TV y video, de telefonía y servicios de intercomunicación. En Argentina, estos actores no suelen analizarse en términos macroeconómicos. Las referencias más próximas en este sentido indican que los actores no lucrativos unidos al sector PyME no superan el 18% como oferentes de mercado en áreas de telecomunicaciones y audiovisual (Becerra, 2017).

Por otra parte, el estudio partió desde una categoría conjetural elaborada por nuestro equipo desde la cual propusimos pensar a los actores info-comunicacionales subalternizados en términos de una convergencia periférica. Este concepto permitió reflexionar acerca del modo en que actores subalternos —es decir vinculados a una relación de poder asimétrica—, ejercen disputas por la hegemonía. Habilitó además el análisis de una amplia gama de actores que crecen desde los márgenes, que proponen otros modos de hacer y de subsistir, instituyen agendas alternativas y realizan trabajos comunitarios esenciales para el desarrollo de un sistema democrático. El concepto de convergencia periférica también necesitó vincularse al de regulación asimétrica, que es un reclamo sostenido enunciado desde el sector PyME, cooperativo y no lucrativo en su conjunto. La noción de convergencia periférica, supone que cualquier proceso de introducción de innovaciones define centros y periferias, y que esto ocurre sobre la base de asimetrías preexistentes, por lo que la intervención de la política pública debe tomar nota de la desigualdad y generar acciones orientadas a garantizar la supervivencia de actores diversos en un sistema que naturalmente tiende a la concentración y la exclusión. En suma, la convergencia periférica tiene lugar en un territorio de heterogeneidad y desigualdades, sobre el cual el Estado ha reparado escasamente, y donde, de no mediar políticas activas, el mercado produce una segregación en favor de los actores de mayor porte.

Con los ojos bien abiertos: líneas de indagación y principales hallazgos

Analizar las televisoras del sector cooperativo y comunitario requirió inicialmente establecer algunos aspectos generales tales como historia, estatuto legal e infraestructura y luego avanzar hacia cuestiones específicas relativas a la casuística relevada que se organizaron en torno a diferentes claves de lectura tales como origen y caracterización de las señales, formas de sustentabilidad, financiamiento, programación y construcción de agendas locales. Avanzamos con el trabajo desde el equipo e invitamos a colegas de otras universidades argentinas a escribir algunos capítulos.

Los resultados alcanzados constituyen un antecedente para un sector que hasta esa fecha, no había sido leído ni por el Estado ni por investigadores del sector público o privado a partir de la economía política de la comunicación.

En lo relativo a la historia de las televisoras cooperativas identificamos 3 momentos: desde fines de los ´60[4] hasta la década del ´80 se encuentran las señales de aire impulsadas por las cooperativas de obras y servicios públicos de una localidad específica y que se vinculan estrictamente a una demanda de la comunidad de referencia respecto de la posibilidad de tener medios de comunicación en los que su realidad cotidiana pudiese ser construida y difundida. Luego, entre las décadas del ´80 y el `90 la mayor parte de estas señales migra al cable y siguen subsistiendo bajo la figura de sociedades comerciales en relación a las prohibiciones fijadas por la ley de radiodifusión 22.285.

En un segundo momento encontramos las señales locales que fueron creadas a principios del siglo XXI y que si bien se vinculan más claramente al primer grupo en relación a sus objetivos sociales y modos de financiamiento tienen la particularidad de surgir en un contexto político diferente en el que tuvieron lugar nuevas disputas por derechos. No son las pioneras del movimiento, pero llegan en un momento donde el sector cooperativo avanza en disputas públicas por sus derechos junto a otros actores sociales. 3. En tercer lugar se encuentran aquellas señales locales de cable analógico y/o digital alumbradas en el marco de la Ley 26.522/09, las primeras en su tipo por cuanto se crean de pleno derecho para el sector no lucrativo, como señales cooperativas o comunitarias según los casos. Estas señales nacen en contexto de convergencia aun cuando la ley no lo define de ese modo inicialmente y, por lo tanto, su proyección hacia la digitalización y los nuevos formatos es una plataforma ineludible.

Para el caso de la televisión alternativa (Vinelli,  2014) se registran escasos antecedentes. “El primero y más avanzado fue Radio Liberación TV (RLTV) un medio de agitación y propaganda con objetivo militar era interferir las señales televisivas con proclamas e informaciones, en el marco de las contraofensivas montoneras de 1979 y 1980” (2014: 73) Con el retorno de la democracia se ensayarán las primeras experiencias televisivas asociadas a los movimientos de los radialistas populares, comunitarios y alternativos. Durante los 80 se multiplicaron la emisoras radiales bautizadas por los medios comerciales como ”truchas”  que transmitían si poder acceder a licencias legales. En ese contexto surgirá en 1987 la experiencia del Canal 4 de Alejandro Korn, en el partido bonaerense de San Vicente, la primera televisora comunitaria, estable de aire del país. (2014: 81)

Con relación al marco normativo que regula la actividad de los actores del sector lucrativo se pueden indicar también distintos momentos en la historia.

Tal como señala Elíades desde 1953, la ley 14.241 definió “el sistema privado de explotación de las emisoras () pero coexistiendo con un servicio oficial, por lo que el sistema de aquellos años, tenía características muy peculiares, desconocidas en otras partes del mundo (2003:41)

Agrega:

El golpe de Estado del 16 de septiembre de 1955 que derrocó al gobierno de Juan Domingo Perón impuso la caducidad del sistema. Una de las primeras medidas tomadas por el gobierno de facto, presidido por el general Eduardo Lonardi, fue el decreto 170/5529, que por su artículo 1º anulaba por "ilegales" los decretos de adjudicación con la obvia intención de controlar a los medios y utilizarlos de acuerdo a sus conveniencias () El decreto ley 15.460/5735 conocido como Ley Nacional de Radiodifusión y Televisión, durante el gobierno de facto de Pedro Eugenio Aramburu, declaró de interés público el Servicio de radiodifusión y televisión, estableciendo que podría ser "realizado por el Estado o por particulares, mediante su adjudicación por concurso". En este sentido dio carácter definitivo al sistema mixto: explotación simultánea de bandas y canales de frecuencia por parte del Estado y los permisionarios particulares” (2003: 42-3)

Este fue el inicio de la televisión privada en Argentina, pero asimismo y aunque no se nombró explícitamente como tal fue el modo en que hicieron su aparición otras televisoras del interior del país gestadas desde el cooperativismo. Entre 1959 y 1970 se crearon los primeros canales de televisión que fueron explotados bajo la figura de licencias o autorizaciones por empresas, universidades, municipios y cooperativas. Durante este período y debido a que muchas de las estaciones del interior actuaban como repetidoras de los canales de la programación que se emitía desde Buenos Aires, se modificó la ley del ´57 a fin lograr mayores áreas de cobertura. Esta fue una ventana de oportunidad para el desarrollo de las señales cooperativas.

En 1967 inicia esta serie con la Cooperativa Eléctrica de Zapala, “la primera entidad sin fines de lucro autorizada a tener un canal de televisión y brindar un servicio por suscripción () La cooperativa se fundó en 1951 y empezó brindando el servicio de energía eléctrica. Hasta el surgimiento del Canal 3 Circuito Cerrado de Televisión Zapala, el único medio (de radiodifusión) era Radio Nacional" (Señales, 2013).  Sin embargo, la sanción de la ley 22.285 en 1980, obturó cualquier posibilidad de aspirar a licencias legales de radiodifusión para actores no lucrativos. En el caso de la cooperativa de Zapala, por ejemplo, que contaba con autorización prexistente a la ley, fue perseguida con intentos de cierre desde 1980. En ese momento la población se manifestó y la emisora pudo continuar emitiendo pero finalmente en 1982 fueron intimados para cesar sus emisiones y se ordenó un operativo para decomisar sus equipos.  En un último gesto de resistencia “alguien avisó, y el día que llegaron, el 2 o 3 de noviembre, ya el canal estaba vacío" (Señales, 2003)[5].

La prohibición para ser licenciatario de radio y TV a cualquier actor no lucrativo que fijó el artículo 45 de la ley 22285 generó durante 25 años diversos escamoteos legales que fueron desde la clandestinidad hasta el trasvestismo jurídico a los fines de seguir estando al aire. Sólo en 2005 esta situación se modifica parcialmente a instancias un amparo presentado por el jurista Miguel Julio Rodríguez Villafañe en 2003 ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en representación de la “Asociación Mutual Carlos Mugica”, dueña de la radio comunitaria cordobesa “La Ranchada” sumada a una acción declarativa de certeza interpuesta en representación de la “Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales Villa Santa Rosa Limitada”.

“En ambos casos, impugnando de inconstitucional al artículo 45 de la ley de radiodifusión 22.285, que no permitía a las entidades no comerciales ser titulares de licencias de radiodifusión. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en sentencia de fecha 1 de septiembre de 2003, respecto de la asociación mutual y por los mismos fundamentos, en fallo del día 8 del mismo mes y año, en lo que hace a la cooperativa de servicio público antes mencionada, declaró la inconstitucionalidad del artículo 45 de la Ley 22.285, en cuanto no permitía que entidades sin fines de lucro puedan ser titulares de licencias de radiodifusión. En dichos casos, el máximo tribunal del país sostuvo que, de acuerdo a la ley cuestionada, “para poder concursar y ser prestadora autorizada de una estación de radiodifusión sonora con modulación de frecuencia, se requiere necesariamente ser persona física o sociedad comercial legalmente constituida, lo que excluye a las sociedades civiles, cooperativas y asociaciones mutuales sin fines de lucro”. Al respecto, entre otros razonamientos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación afirmó, que la normativa que se impugnaba importaba “una clara violación al derecho de asociarse con fines útiles, pues impone cuál debe ser el espíritu que ha de animar a quienes conforman tal organización colectiva, sin que se sustente en un motivo suficiente que justifique que ciertas entidades de bien público no puedan desarrollar una actividad que es cultural por esencia”. Por lo que el máximo Tribunal del país, concluyó que dicha reglamentación era inconstitucional, al “excluir de un modo absoluto, sin sustento en un criterio objetivo razonable, a determinadas personas jurídicas de la posibilidad de acceder a una licencia de radiodifusión, por no haberse constituido en una sociedad comercial, pues ello importa en definitiva, una irrazonable limitación al derecho a expresarse libremente y de asociarse o no hacerlo. (Rodríguez Villafañe, 2008: 191-2)

Este fue un punto de inflexión en la legislación y un reconocimiento a algunos actores, ya que las cooperativas que prestaban servicios públicos siguieron en situación de irregularidad.  Sólo en 2009, con la sanción de la ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) se realizará un pleno reconocimiento de todos los actores del sector en igualdad de condiciones y se definirá una reserva del 33% para todas las bandas y frecuencias a favor de ellos. 

Aún así, las dificultades de implementación de la ley de SCA fueron numerosas y el sector no lucrativo resultó nuevamente perjudicado en tanto al no existir un plan técnico que definiera una ocupación real del espectro el porcentaje de reserva no pudo aplicarse convenientemente y, por otra parte, al no definir como prioridad política el fortalecimiento de estos actores, los avances logrados en la ley quedarían en gran parte en el plano formal.

A partir del año 2009, Argentina definió una política del audiovisual que, en lo relativo al sector sin fines de lucro, se articuló principalmente a partir de dos normativas —la Ley N° 26522/09 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y el Decreto 1148/09 de Creación del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre— y, de una serie de Planes y Programas y acciones específicas que fueron, desde un significativo desarrollo de infraestructura de transmisión de la Televisión Digital Terrestre y el tendido de miles de kilómetros de fibra óptica (Plan Nacional de Telecomunicaciones Argentina Conectada), hasta de fomento a la producción, la provisión de equipamientos, la capacitación (Programa Polos Audiovisuales Tecnológicos) y la apertura de la licitación de frecuencias en radio analógicas y TV analógica y digital. El escenario que se abría a partir de entonces y sobre el cual se trabajaría con un horizonte de mediano plazo fijado, ofreció unas posibilidades inéditas a un sector que históricamente había tenido severas dificultades para la prestación legal de sus servicios, y, concomitantemente, para el desarrollo de un plan de sustentabilidad frente a un inminente proceso de migración digital y de reconversión de cara a la convergencia tecnológica. Con la sanción de la LSCA, fueron reconocidos como actores de pleno derecho. Las dificultades en la implementación de la LSCA luego de su sanción limitaron el alcance de las transformaciones en la estructura del mercado de medios, cuyos indicadores de concentración se mantuvieron estables durante este periodo, y, en el caso de la televisión de pago, se incrementaron (Becerra y Mastrini, 2017: 82). En efecto, fue escasa la diversificación de actores como prestadores de servicios audiovisuales, tanto en relación al acceso a licencias como en su capacidad para capturar ingresos económicos: “Éramos el estandarte para la LSCA pero no logramos ni una licencia definitiva”, señaló uno de los cooperativistas entrevistado para este estudio.

Pese a ello, también como saldo del periodo —que se inicia con la sanción de la Ley en octubre de 2009 y se cierra en diciembre de 2015 con el recambio gubernamental—, el sector sin fines de lucro fue beneficiario de fondos públicos concursables, —generados a partir de diferentes gravámenes fijados por la nueva normativa— que le permitieron equiparse tecnológicamente, profesionalizar sus prácticas organizativas y producir contenidos. En el caso de las cooperativas de servicios del interior del país, desde ese momento, muchas incursionaron en la prestación de este servicio, y simultáneamente, lanzaron sus canales de cable local en cumplimiento de las demandas de la propia Ley. En los casos en que los canales ya existían se tramitaron nuevas licencias o modificaron las preexistentes, habilitando por primera vez en la historia de la radiodifusión argentina, que las cooperativas pudieran inscribirse como tales para gestionar licencias de radio y TV, y no bajo la forma de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada.

En el caso de los canales comunitarios, a fines de 2015, coincidiendo con el cambio de gobierno, por primera vez en la historia se entregaron las tres primeras licencias de televisión digital abierta a organizaciones comunitarias (Pares TV, Urbana TV y Barricada TV); aunque diferentes complicaciones y trabas administrativas impidieron el normal funcionamiento de estos nuevos actores durante, al menos, los siguientes dos años.

Otra de las líneas relavadas en esta investigación tuvo que ver con el análisis de la sostenibilidad. En su trabajo, Soledad Soler la define como un concepto multidimensional, que incluye aspectos socioculturales, económicos, políticos y comunicacionales.

Afirma:

“Hacemos referencia () a la capacidad de los medios audiovisuales de desarrollarse y mantenerse en el tiempo, sin comprometer sus capacidades y su estructura a futuro. Este concepto de desarrollo sostenible, fue utilizado por primera vez en el marco de Naciones Unidas en el año 1987. Las estrategias de sostenibilidad que se han dado los medios sin fines de lucro históricamente en Argentina han sido de lo más variadas. Lo cierto es que un análisis de las mismas debe ser capaz de contemplar esa diversidad y multimensionalidad” (2018: 112)

Se consideraron entonces las 3 categorías propuestas por Binder, Fisher y Godinez Galay (2017), para el análisis de sostenibilidad de las radios comunitarias y se establecieron líneas de continuidad con las televisoras del sector no lucrative tanto cooperativas como comunitarias. Estas categorías son: económico-administrativa, política y comunicacional.

Se establecieron asimismo diferencias significativas entre los modos que adquiere la sostenibilidad en los proyectos comunitarios y el modo en que esto ocurre en los cooperativos.

En el sector cooperativo

“en general los costos de los canales se cubren mayormente a través de la recaudación de los abonos al servicio de TV paga. Ejemplo de esto es lo que explicó un integrante de una cooperativa de Córdoba: “La cooperativa se sostiene por otros ingresos y es la cooperativa la que sostiene al canal. El costo (para sostener la señal) es de unos 250 mil pesos y tenemos unos 150 mil de publicidad”, apuntaron. En ese sentido, como en la gran mayoría de las señales cooperativas, la sostenibilidad económicoadministrativa estaría cubierta por los recursos generados a partir de la provisión de otros servicios a las comunidades. Esto significa que no se trata de una unidad de negocios en sí misma, sino un valor agregado del servicio de TV paga” (2018:119)

En cambio, en el sector comunitario el panorama se modifica de modo sustantivo. Las televisoras que hacen parte de proyectos comunitarios al no poseer en general otras fuentes de ingreso necesitan acceder a fondos de fomento y ayudas estatales para garantizar su continuidad.

“La aplicación de estos fondos se convirtió en una fuente de recursos valiosa, fundamentalmente para los medios, señales y productoras comunitarias, que apostaron fuerte a la elaboración de contenidos. Como comenta Natalia Vinelli, referente del canal comunitario Barricada TV (CABA) “con el primer FOMECA pudimos equiparnos y producir el informativo diario”; esta vía de financiamiento le permitió a la emisora “profesionalizar la pantalla”(Barricada TV, CABA). Por el contrario, la parálisis en el flujo de estos fondos concursables entre 2015 y 2017 representó una seria amenaza para los medios de este sector. Como señala Milcíades Peña de Urbana TV, en ese momento se abrió “una etapa de resistencia”, en la que aspiraron a sostener la emisora funcionando, aunque resignaron la posibilidad de crecer, debiendo reducir la planta de trabajadores en relación de dependencia (Urbana TV, CABA)” (2018:118)

Nuestra investigación también trabajó sobre otras líneas de interés. Una de ellas referidas a contenidos y agendas locales desarrollada por Alina Fernández y Juan Martín Zanotti, identificó analizó las grillas de programación de veinticuatro señales cooperativas ubicadas en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Misiones, Formosa, Jujuy y La Pampa. Identificaron una amplia heterogeneidad, “teniendo en cuenta no solo la ubicación geográfica sino también criterios como fecha de creación del canal, modelo jurídico-institucional bajo el que se constituyó (directamente relacionado a la etapa de creación y el marco regulatorio vigente), tamaño de la localidad en la se encuentra, escala de desarrollo del propio canal, como de la cooperativa a la que se encuentra vinculada”. No obstante ello, se observa que “el noticiero es la primera mención cuando se consulta por los programas contenidos en la grilla del canal. Y aun en los casos en que las políticas que se imponen son las de la tercerización de contenidos o la de coproducción, éste es un espacio que mayoritariamente se reserva para la producción propia” (2018:56).

Explican asimismo que los informativos son en términos económicos:

“los contenidos principales, situación que se manifiesta en el modo en que se comporta la pauta publicitaria oficial y privada, que suele priorizarlos por sobre otros segmentos de la programación, en función de que comúnmente son los más vistos. Complementados por otros contenidos locales, los informativos son el espacio central de expresión de las voces de la comunidad, y hacen parte de una compleja relación constitutiva con la dinámica de los territorios en que se insertan: por una parte, son actores cuya labor modifica e impone lógicas a la reproducción de la realidad, construyendo agendas a través de estos espacios que dan visibilidad a acontecimientos, temáticas y actores locales” (2018: 56)

Otro aspecto singular observado por los autores es el criterio de noticiabilidad que utilizan los canales cooperativos que se distancian de las propuestas desde los noticieros nacionales clásicos. En cambio, se observan de modo significativo la aparición de noticas locales, de buenas noticias lo cual puede estar vinculado a un modo de gestión que se busca fortalecer desde los Consejos de Administración de las cooperativas que “por lo general, buscan mantener vínculos fluidos con instituciones políticas, organizaciones de la sociedad civil en general, referentes de la comunidad. De allí que, en ocasiones, la incorporación de “los conflictos” en la agenda informativa, no resulte deseable” (2018:63)

Por otra parte, cuando se trata de canales comunitarios el criterio noticiabilidad y la agenda se modifican.

“Al explorar las pantallas de los canales comunitarios encontramos elementos en común con las señales cooperativas; pero el análisis de las concepciones, las lógicas y tradiciones que sostienen a estos medios, nos permiten dar cuenta de especificidades. La primera diferencia aparece cuando se indaga en relación al origen de los medios: en el caso de los canales comunitarios, todos nacen al calor de los cambios en el escenario audiovisual que generó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Tienen su origen, además, en la asunción de una dimensión particular —la de la comunicación— de proyectos políticos, o bien de proyectos de política cultural. Inclusive, tres de los seis canales comunitarios entrevistados contaban con antecedentes en la realización de productos audiovisuales o en otras formas de participación en luchas políticas concretas: Barricada TV vinculado al movimiento de cine piquetero, se funda dentro de una fábrica recuperada del barrio de Almagro, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; GiraMundo TV, de Guaymallén, Mendoza, se crea al calor del movimiento asambleario que se inició en el 2001, vinculado a causas, por ejemplo, ambientales; y Urbana TV surge en el largo reclamo por la urbanización de las villas, en particular la de la Villa 31, también en la ciudad de Buenos Aires. En los casos restantes, los proyectos resaltan el carácter cultural de la tarea. En todos se asume la dimensión ideológica del trabajo audiovisual: visibilizar o dar voz a quienes están excluidos, entendiendo a la comunicación como territorio de intervención política () La lógica de producción de los contenidos, si bien es compleja y no desdeña la sostenibilidad ni la profesionalización creciente, se caracteriza por someterse a criterios de militancia. En este marco, comparten con los canales cooperativos la centralidad de los noticieros o bloques informativos, aunque aparecen marcados por otras reivindicaciones, que incluyen a actores cercanos o de las comunidades de referencia, y que lejos de eludir el conflicto social, buscan exponerlo. De este modo, la toma de posición política tiende a volverse más explícita en noticieros como los de Barricada TV y Urbana TV —Noticiero Popular en el primer caso, y Desde el Barrio, en el segundo—, a partir de las agendas de lucha de las organizaciones, desde las cuales se busca interpelar a las audiencias” (2018:76-7).

EL conocimiento acerca de los públicos que se conforman en torno a los canales comunitarios y cooperativos también fue objeto de nuestra investigación. Verónica Villalba analiza en su capítulo las características que asumen las audiencias de estos medios al constituirse como públicos.

La autora expresa los diferentes modos en que se asume la condición de públicos en canales cooperativos y comunitarios:

“Uno de los primeros rasgos a destacar es que la suscripción de los asociados para acceder al servicio de TV paga de las cooperativas, es en muchos casos, concomitante, a la posibilidad de acceder a estas señales, que solo se emiten como parte de la grilla de programación de estos servicios de TV por suscripción. Ello conduce a pensar en un proceso compartido en el que los sujetos se convierten en públicos (Mata, 1997) a medida que se consolida un nuevo servicio de la cooperativa. A partir de allí, los asociados devenidos en públicos emprenderán un “fiel” acompañamiento en los distintos hitos que marcan la historia organizacional. Ciertamente uno de los acontecimientos significativos dentro del proceso de constitución de los públicos fue la sanción de la LSCA en 2009 () En este punto de inflexión organizacional, las audiencias también acompañaron y fueron protagonistas de las modificaciones de la programación, de la nueva agenda temática que emergía y de las modificaciones tecnológicas adquiridas mediante los programas de fomento al sector.

Las experiencias comunitarias revelan una presencia similar por parte de sus públicos desde el momento fundacional. Los entrevistados califican la relación con sus audiencias a partir de una alianza o compromiso para que “determinadas voces salgan al aire” (Barricada TV, CABA) Al definirse como “medios populares”, los canales comunitarios apuntan a convertirse en portavoz de lo que “la gente ordinaria”, “los consumidores de cultura” o “las mayorías” tiene para expresar (De Certeau y Mayol, 1996). De allí la recurrencia a nominaciones de programas que aluden al sentir popular: “Desde el Barrio” (Urbana TV); “La política por otros medios” (Barricada TV); “Pensándonos a nosotros mismos” (Comarca SI) o “Recuerdos” de Proa Cura Brochero” 2018: 139-140)

 

 

Viven! La televisión no lucrativa convergiendo desde la periferia.

Como hemos señalado, a las expectativas suscitadas con la sanción de la ley 26.522/09 le siguió un extenso proceso de judicialización de esa norma que finalizó a mediados de agosto de 2013 con la declaración de constitucionalidad plena de la norma y los artículos en litigio que llevaba adelante el grupo Clarín, pero cuyas secuelas para el sector no lucrativo serían severas. La implementación plena de la ley en lo relativo a estos actores no llegó a concretarse a tiempo y por tanto el aspecto central de la reserva del especto del 33% sólo quedó enunciada de modo formal.

A fines de 2015, toda esperanza de reactivación quedó licuada en relación a las medidas que el flamante presidente Macri decretó a poco de asumir. “Tras la derogación o sustitución parcial de artículos de las Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y de la Ley 27.078 Argentina Digital (LAD) por parte del cuestionado Decreto de Necesidad y Urgencia 267/15, el accionar Ministerial, del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) y de otros organismos involucrados en las regulaciones y aplicación de políticas de fomento, financiamiento y control del sector, evitó referenciar a la LSCA, inclinando las capacidades normativas y performativas hacia una subsunción del audiovisual en los parámetros de servicios TIC bajo un entorno de convergencia” (Rossi, 2018: 207)

En este escenario se produjo un movimiento significativo para algunas señales cooperativas desarrolladas bajo el sistema de cable, en tanto a partir de esta reforma este pasará a considerarse servicio TIC, y por tanto saldrá de la órbita del audiovisual.

En cambio, aquellos actores que esperaban sus licencias para operar en la TV digital, conforme a la aplicación del 33% de reserva de espectro seguirán desplazados al menos un año más, hasta que otorguen las primeras licencias de TV digital a medios comunitarios.

Como vemos, hay un parteaguas en el sector ya que algunos actores quedan del lado del audiovisual y otros del lado de las telecomunicaciones.

Tal como indica Rossi en relación a las relaciones asimétricas previas a los procesos de concentración empresarial y el desarme parcial de las Leyes 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y 27.078 Argentina Digital  “en 2018 se consolidan tendencias que desembocarán — excepto imprevistas maniobras del sistema político— en un escenario de prestadores info-comunicacionales más concentrado horizontalmente y más integrado en sus cadenas de valor” (2018: 234). Asimismo, el fallido proceso de la denominada Ley Corta[6] será otro intento de los actores preponderantes para obtener ventajas en el nuevo escenario convergente, y dejará una vez más fuera de juego a los actores cooperativos que disputaban un lugar desde la convergencia periférica en el ecosistema de las telecomunicaciones. En efecto,

“La promesa formulada en abril de 2016, de elevar al Parlamento un Anteproyecto de Ley de Comunicaciones Convergentes fue incumplida, aun habiendo sido cuatro veces prorrogada por el propio Ejecutivo. Sin embargo, la ausencia de tratamiento en el Congreso no impidió la promulgación de diversas normas que permitieron el despliegue del Grupo Clarín, en expansión hacia las comunicaciones móviles. Tras la derogación en diciembre de 2015 de las pautas anticoncentración y del proceso de adecuación previsto en la LSCA, el Grupo Clarín no necesitó desprenderse de algunas de las numerosas licencias que fue acopiando. Posteriormente, Cablevisión/Clarín compró Nextel, empresa de telefonía móvil en declive pero con un importante potencial si obtenía espectro radioeléctrico para brindar servicios de 4G —lo cual logró no sólo por su capacidad de compra, sino porque obtuvo habilitación en simultáneo del Ejecutivo, con el Decreto 1340/16 y la consiguiente reglamentación del denominado refarming. Luego, a través de la anunciada fusión con Telecom (sujeta a la posterior aprobación del ENaCom y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) se produjo la mayor concentración comunicacional de la historia argentina” (Rossi, 2018: 210-11).

En un escenario convergente, el sector no lucrativo ha buscado reposicionarse de diferentes modos, aportando a la diversificación de servicios y a la conectividad.

Tal como señalan los investigadores de nuestro equipo Florencia Guzmán y Tomás Venturini, las televisoras del sector no lucrativo exploran su expansión en nuevas pantallas.

“La traslación de los contenidos televisivos lineales hacia internet pareciera un imperativo de estos tiempos en que los consumos audiovisuales se desplazan lenta pero sostenidamente hacia una mayor variedad de pantallas, a partir de cambios en las lógicas de consumo de productos audiovisuales, cada vez más ubicuas y desprogramadas. Según los datos relevados () en relación a la presencia en nuevas pantallas por parte de los canales del sector sin fines de lucro”, se observa que las plataformas más utilizadas son: YouTube (72.4%), Facebook (69%) y páginas web institucionales (45%); rezagados quedan Instagram (10%) y Twitter (14%). No obstante, encontramos en estos números globales diversos grados de apropiación en relación a sus usos. Lo más habitual consiste en fragmentar el mismo material producido para el canal televisivo lineal y replicarlo en las demás pantallas, especialmente en YouTube. En efecto, un grupo mayoritario de canales se limita a “subir” segmentos o programas completos a esta plataforma. Los informativos son los contenidos de producción propia con mayor presencia en la pantalla lineal, hecho que se replica en los canales de YouTube analizados. No obstante, la falta de valor agregado al contenido en su traslación a la nueva pantalla, limita sus posibilidades de amplificar el alcance, lo que se evidencia en una baja visualización online de estos materiales. Finalmente, un grupo más reducido lo integran canales que generan algún tipo de contenido específico para nuevas plataformas, como el caso de Canal 11 TVCOOP de Villa Huidobro, Telpin de Pinamar y CPETv de Santa Rosa, La Pampa. En estos casos se observan intentos por adecuar el contenido audiovisual tradicional a la forma narrativa que proponen los “nuevos medios”. (2018: 101-2)

Estos procesos de convergencia desde la periferia se expanden no solo hacia otras pantallas sino hacia la articulación de servicios audiovisuales con servicios de telecomunicaciones. El avance hacia el triple play e incluso el desarrollo de una opción propia de telefonía móvil desde el sector cooperativo ya son un hecho desde hace tiempo:

“De acuerdo al relevamiento de Catalano, a julio de 2018, las cooperativas de telecomunicaciones () vienen ofreciendo el combo triple desde hace tiempo. Telviso, Telpin, Tortuguitas, TelVGG, Funes Coop, Morteros, Calafate, Santa Rosa y Caroya conforman el pelotón de las entidades que ya brindan estos paquetes. A finales de este año, este grupo, junto a otras cooperativas, podrá sumar el servicio celular bajo la figura de Operador Móvil Virtual (OMV) a través de CATEL, la cámara que las nuclea, y también la plataforma de OTT (streaming de video) ()  De hecho, con motivo de las audiencias informativas realizadas en Senado () , diversos prestadores entre los cuales se encuentran COLSECOR y la Cooperativa de Servicios Públicos de Santa Rosa, expresaron su capacidad de brindar nuevos servicios, y la inconveniencia del proyecto oficial de desregulación, que no incorporaba, por ejemplo, la garantía de derechos de acceso a frecuencias para brindar telefonía móvil (lo que tornaba imposible ofrecer “cuádruple play” como sus competidoras, más allá de la incierta posibilidad de encuadrar como OMVs)” (Rossi, 2018: 212)

En efecto, por fuera del período de análisis que alcanzó nuestro trabajo, podemos referir el lanzamiento en 2020 del primer operador móvil virtual cooperativo de Argentina, conocido como Imowi.

Asimismo, en el contexto de pandemia el reconocimiento en términos de política pública de los servicios TIC en tanto servicios públicos en competencia interpela nuevamente al sector no lucrativo, específicamente a los actores cooperativos que prestan servicios de TV de pago mediante vínculo físico.

Nuestro equipo, siguió trabajando en esta línea de indagaciones y amplío sus intereses ya no solo a la televisión cooperativa y comunitaria sino a los procesos convergentes que tienen lugar en el sector no lucrativo.  Así, desde 2019 nuestra tarea consistió en identificar los modos disidentes de transitar la convergencia, las soluciones alternativas, cooperativas, mutualistas, comunitarias, indígenas, de Pymes y de actores públicos frente a las estrategias de los actores preponderantes de un mercado concentrado pero también globalizado y nos abocamos a una nueva escritura polifónica que tuvo como resultado el libro Otras Plataformas. Tramas de una convergencia periférica en sectores populares, comunitarios, cooperativos y alternativos publicado a fines de 2020.

 


 

Referencias

Elíades, A. (2003) Historia legal de la radio y la televisión en Argentina. Revista: Oficios Terrestres Nº 13. Facultad de Periodismo y Comunicación Social (FPyCS). ISSN: 1668-5431. Páginas: 32-56. Disponible en: http://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle/10915/48546/Documento_completo.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Monje, D. y Rivero, E. (coord.) (2018) Televisión Cooperativa y Comunitaria. Diagnóstico, análisis y estrategias para el sector no lucrativo en el contexto convergente” Autores: Monje Daniela, Rivero Ezequiel, Zanotti Juan Martín, Fernandez Alina, Soler Soledad, Guzman Florencia, Villalva Verónica, Venturini Tomás, Valle Luis, Rossi Diego, Rodriguez Villafañe, Miguel Julio. Edición: Convergencia Cooperativa. ISBN: 978-987-42-8808-0. Buenos Aires. Disponible en version digital en: https://proyectoecanet.files.wordpress.com/2018/08/tv-cooperativa-comunitaria.pdf

            

Trabajos de los autores de este libro citados:

Fernández, A. y Zanotti, J. M. “Contenidos informativos en canales cooperativos y comunitarios: televisión de proximidad y agendas locales”.

Guzmán, F. y Venturini, T. “Nuevas pantallas e innovación tecnológica: desigualdad, desafíos y posibilidades. 

Rodríguez Villafañe, M.“Comunicación cooperativa en Argentina: avances y retrocesos”.

Rossi, D. “Asimetrías y regulaciones en tiempos de megafusión y Ley Corta”.

Soler, S. “Modelos de sostenibilidad para la televisión sin fines de lucro”.

Villalba, V. “Periferias televisadas”.

Monje, D.; Gerbaldo J.; Rivero, E. y Fernández, A. (coords). Otras plataformas. Tramas de una convergencia periférica en medios populares, comunitarios, cooperativos y alternativos. Lago Editora. 2021 (Amperio Ideas). ISBN 978-987-4969-56-9  Versiones para epub y mobi. Archivo Digital: descarga y online. Disponible en: https://enanobruno.com/bibi/?book=otrasplataformas.epub .

Vinelli, N. (2014) La television desde abajo. Historia, alternatividad y periodismo de contrainformación. Colectivo el topo blindado. Cooperativa editorial El río suena. Buenos Aires.Señales (2013) Zapala: un ejemplo de cómo Cablevisión incumple la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Blog Señales. Comunicación, medios, cultura y +. Disponible en:  https://seniales.blogspot.com/2013/09/zapala-un-ejemplo-de-como-cablevision.html

 

 



[1] Este texto fue preparado especialmente para la RAC y sintetiza los resultados del libro coordinado por la autora junto a Ezequiel Rivero publicado bajo el título “Televisión cooperativa y comunitaria. Diagnóstico, análisis y estrategias para el sector no lucrativo en el contexto convergente”.

[2] Proyecto “Espacios controversiales: Derechos, Políticas y Economía de la Comunicación y el Audiovisual en la Argentina contemporánea. Análisis en medios públicos, cooperativos y comunitarios”. Proyecto A con financiamiento. Período 2016-2017. Directora: Dra. Daniela Monje. Co-directora: Mgter. Judith Gerbaldo. Integrantes: Dr. Ezequiel Rivero, Mgter. Juan Martín Zanotti, Lic. Alina Fernandez, Lic. Soledad Soler, Lic. Florencia Guzmán, Mgter. Verónica Villalva y Lic. Tomás Venturini. Secretaría de Ciencia y Tecnología. Universidad Nacional de Córdoba.

[3] Se conoce como Libro Blanco a los documentos que contienen propuestas de acción comunitaria en un ámbito específico. A veces son la continuación de un Libro Verde publicado con el fin de iniciar un proceso de consulta. Suelen ser preparados por los gobiernos como informes y como documentos propedéuticos. En este sentido contienen un conjunto oficial de propuestas para ámbitos políticos específicos y constituyen la guía para llevarlas a cabo.

 

[4] Como ejemplo podemos consignar el caso de la Cooperativa Eléctrica de Zapala de Neuquén, autorizada en 1967 a tener un canal de televisión y brindar un servicio de suscripción y que luego en 1982 a partir de la ley 22.285 es obligada por los militares a finalizar ese servicio. (Rodríguez Villafañe, 2018:178)

[5] Luego de más de una década de democracia en 2007, inició la restitución de esa voz silenciada. “El vacío del aire para la cooperativa recién comenzó a resquebrajarse en 2007. "En ese entonces el Comfer nos autorizó a cortar dos horas por día de la Televisión Pública. Arrancamos así porque había que rearmar todo", contó el presidente de CEEZ sobre TV Coop Canal 8, que continúa retransmitiendo a la TV Pública. Pero faltaba un canal con contenidos propios, que llegó el 18 de noviembre de 2009. "TV Coop Canal 13 tiene seis horas diarias de programación local, y después retransmitimos Canal Encuentro, ColsecorTV, Paka Paka", detalló. "Nuestra llegada a la audiencia es del 60% de la población, que es la que no tiene servicio de cable", consignó, aclarando que las dos señales son abiertas y de aire. Según Zambelli, Cablevisión tiene en Zapala 4600 abonados” (Señales, 2013).

[6]  El proyecto de Ley Corta fue presentado en el Senado de la Nación mediante trámite  0096-PE-2018 el 5 de abril de 2018 desde el Ministerio de Modernización a cargo de Andrés Ibarra. El proyecto denominado “Ley de fomento de despliegue de infraestructura y competencias TICS” constaba de apenas once artículos. El proyecto habilitaba a las empresas de telefonía móvil (Claro, Telefónica y Telecom) a brindar televisión satelital, eliminando las barreras para integrar a este servicio con el resto de las prestaciones ya autorizadas por el Decreto 1340/16 (TV por cable sumada a conectividad a Internet, telefonía fija y móvil). El texto original además pretendía establecer la obligatoriedad para compartir infraestructura pasiva entre las empresas de telecomunicaciones, servicios TIC y prestadoras de servicios públicos; y quitarle a la estatal Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT) el espectro radioeléctrico reservado por la Ley 27.208 para desplegar una cuarta red de servicios de telefonía móvil y conectividad. El proyecto no limitaba la cantidad de licencias posibles, originalmente no discriminaba regulaciones asimétricas ni establecía porciones de mercado, tampoco contemplaba los servicios audiovisuales a demanda, ni tomaba en cuenta las cuestiones vinculadas a contenidos locales que las transmisiones satelitales incumplen, entre otros temas de la agenda pendiente. Aún con las modificaciones introducidas a su texto original —que para los cultores de la reducción de daños pueden hacerla razonable de acuerdo a sus análisis de viabilidad política— siguió negando aspectos clave para la diversidad cultural. No resulta factible evaluar el efecto de la ventana temporal que tendrían empresas y cooperativas ubicadas en ciudades pequeñas respeto de la irrupción de la televisión satelital o la venta de servicios empaquetados, para la protección y desarrollo de sus actividades. Las cooperativas, PyMEs y empresas de servicios públicos y telecomunicaciones provinciales interpelaron a funcionarios y senadores y lograron modificar la mencionada obligación de ceder postes, antenas y ductos a una orden más light de “facilitar” los convenios demandados por los grandes prestadores. También incidieron en demorar entre 2 y 4 años la entrada de los servicios satelitales a ciudades medianas y pequeñas, y en que se les reserve un 20% de las frecuencias para aspirar a dar telefonía móvil y poder hacerles frente a las telefónicas en las ofertas en combo de cuatro servicios (TV, telefonía fija, móvil e Internet). La demora de entrada de las telefónicas sería efectivamente operable en términos tecnológicos, y comprobable por la autoridad de aplicación, si pudiera controlarse el mercado gris de mudanza de antenas que se compran en un sitio y se instalen en otros. La votación de la media sanción del proyecto en la Cámara de Senadores, el 4 de julio de 2018, arrojó un resultado de 46 votos afirmativos y 11 negativos. Rossi, 2018: 234.